No sólo los directivos, sino también los trabajadores reciben dietas por gastos de comidas, transporte o alojamiento, ya que sus obligaciones laborales les exigen realizar parte de sus tareas fuera de la oficina. Estos pagos, que no tributan por IRPF siempre y cuando se cumplan determinados requisitos, están en el punto de mira de la Agencia Tributaria, que desde hace un par de años, ha generalizado las inspecciones para comprobar que el gasto realmente se ha producido y que además, está relacionado con la actividad laboral. Sin embargo, una Sentencia del Tribunal Supremo del pasado 29 de enero obliga a Hacienda a cambiar su forma de proceder ante tales comprobaciones.
En 2020 se prevén muchas más Inspecciones sobre registro de jornada, con una coordinación especifica con las Comunidades Autónomas. Desde que se implantó la obligatoriedad de establecer un registro de jornada se han abierto más de 5.300 expedientes por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Por lo general, las multas relacionadas con esta implantación de la normativa están aún muy lejos de las que se expiden por irregularidades en el tiempo de trabajo.
A partir de 1 de enero de 2020, los nuevos padres podrán disfrutar de un permiso de paternidad de 12 semanas, cuatro semanas más que las ocho que se empezaron a conceder a partir de abril de 2019. Además, el periodo para que los progenitores puedan cuidar de sus hijos subirá a 16 semanas en 2021, de modo que la baja se equiparará a las madres. Las cuatro primeras semanas del permiso, los padres se tendrán que coger de forma seguida e inmediatamente después del nacimiento, las ocho restantes podrán ser distribuidas a elección del interesado aunque se tendrán que disfrutar dentro del primer año del hijo.
Mediante Real Decreto 18/2019, de 27 de diciembre, se han adoptado nuevas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social, y se han prorrogado otras, entre las que cabe destacar algunas de ellas. Se prorrogan para 2020, los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF la aplicación del método de estimación objetiva pata las actividades económicas incluidas en ese ámbito de aplicación. De manera similar, se prorrogan los limites para la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca en el IVA.
Se prorroga nuevamente la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio, suprimiéndose la bonificación del 100 por 100 para 2020, trasladándola a 2021.
Se establece un nuevo plazo para renuncia y revocaciones en el régimen de estimación objetiva y para los regímenes especiales simplificados y de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA.
Se actualizan mediante coeficientes, los valores catastrales de los municipios que lo habían solicitado.