Ante el próximo cierre fiscal le informamos de una serie de recomendaciones de planificación fiscal para la Renta de 2024, por si pudiera ser de su interés.
-Algunos rendimientos del trabajo en especie están exentos de tributar, como el cheque guardería, el seguro de salud o el vale comida.
-Si es empresario o profesional y tiene ingresos pendientes de cobro planifique la imputación temporal, ya que puede ser más beneficioso diferir el cobro a 2025 dependiendo de la progresividad de su renta.
-Si ha vendido su vivienda habitual en este año, puede beneficiarse de la exención de la ganancia patrimonial si reinvierte el importe de la compra en otra vivienda habitual en los dos años siguientes a la venta.
-Si está pensando en cambiar de vehículo, considere adquirir un eléctrico nuevo antes de 31 de diciembre y beneficiarse de la deducción del 15 por 100. O instalar en su vivienda sistemas de recarga de batería para vehículos eléctricos no afectos a actividades económicas.
Según los cálculos de la UPTA, dos de cada diez autónomos se acogerían a la jubilación activa si percibieran el 100% de la prestación.
En los últimos tres años se han jubilado más de 15.000 autónomos, de los que 3.000 autónomos al año se podrían haber acogido a la jubilación activa.
De los más de 58.000 jubilados activos del colectivo de autónomos, únicamente el 28% cobra íntegramente la pensión. Por todo ellos, la UPTA ha enviado una propuesta al Ministerio de Inclusión en la que se recoge la modificación del art. 214 del TRLGSS, para permitir la compatibilización del 100% del cobro de la pensión contributiva de jubilación con su trabajo por cuenta propia, tengan o no trabajadores a su cargo.
La gran mayoría de países desarrollados han eliminado el Impuesto sobre Patrimonio, en el caso de España todavía sigue vigente y es el gravamen más alto. con una carga que puede llegar al 3,5% en muchos casos.
Los expertos asegurar que este impuesto es totalmente ineficiente, y que por eso, en los últimos años se han ido eliminando en países desarrollados., solamente Suiza, Noruega y Colombia mantiene este tipo de gravámenes sobre el patrimonio, per muy alejado del porcentaje español.
Con fecha 27 de julio se ha publicado el Real Decreto-ley 13/2022 por el que se establece el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.
La norma entra en vigor el 1 de enero de 2023. y establece que en los próximos tres años se irá desarrollando un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años.
Destacamos los siguientes aspectos:
La base de cotización y por tanto la cuota a pagar se declarará en función a la previsión de ingresos y gastos necesarios para el ejercicio de la actividad, deduciendo por gastos genéricos un 7% (3% para los autónomos societarios).
Se podrá cambiar la cuota en función a esa previsión de ingresos netos hasta seis veces al año (actualmente cuatro veces). Al final del ejercicio una vez conocido el rendimiento neto definitivo anual, se regularizarán las cotizaciones, , devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.
Las cuotas mensuales irán desde los 230 €/mes a los 500 €/mes en 2023 y de los 200 €/mes a los 590 €/mes en 2025, siempre en función de los rendimientos netos.