Con efectos desde 1 de enero de 2025, la Ley 5/2025 establece una nueva deducción por obtención de rendimientos de trabajo en IRPF:
Los contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 18.276 euros anuales se deducirán un mínimo de 340 euros anuales.
Con efectos desde el día siguiente de su publicación en el BOE (25/07/2025), regula la tramitación a seguir por la AEAT para determinar la procedencia, y , en su caso, practicar las devoluciones derivadas de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, derivadas de pensionistas a mutualidades de previsión social en relación a los periodos impositivos 2019 y anteriores no prescritos como 2020 a 2022.
En la nueva redacción de la DF Décima sexta de la Ley 35/2006, indica que el formulario existente en la pagina web de la agencia tributaria servirá para solicitar la devolución correspondiente pro aportaciones a mutualidades desde 2019 a 2022.