Ante la proximidad de cierre del ejercicio fiscal de 2020, nos permitimos recordarle algunas de las acciones que puede realizar para rebajar su liquidación del IRPF:

Aportaciones a planes de pensiones, a los planes de previsión asegurados y algunos tipos de seguros privados con especialidades, que se reducen directamente de la base imponible, con el limite máximo de 8.000 € anuales. El proyecto de ley de PGE de 2021 rebaja este límite a 2.000 € anuales.

La amortización anticipada de hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de vivienda habitual también es deducible con limitaciones si se tiene derecho a la deducción por vivienda habitual.

Si es propietario y tiene previsto alquilar un piso, recuerde que si lo utiliza como vivienda y  no como oficina, tendrá derecho a una reducción del rendimiento neto del 60%.

A efectos de tributación de las ganancias patrimoniales, les avanzamos que el proyecto de la ley de PGE de 2021 establece un nuevo tipo aplicable, a partir de 1 de enero de 2021, para el caso de bases liquidables del ahorro superiores a 200.000 euros  que será del 26%.El tipo que se aplicara si la transmisión patrimonial se realiza durante 2020 es del 23%.